En cumplimiento a esta fracción, los sujetos obligados publicarán las facultades respecto de cada una de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o norrmatividad equivalente de las áreas previstas en el reglamento interior, estatuto orgánico o norrmatividad equivalente respectiva, entendidas éstas como las aptitudes o potestades que es otorga la ley para llevar a cabo actos administrativos y/o legales válidos, de los cuales surgen obligaciones,derechos y atribuciones.